Capítulo VI
De la Coordinación Judicial
Artículo 18
Coordinación Judicial
La Coordinación Judicial, tiene a su cargo la integración coordinada de todas las Unidades de Apoyo Directo a la Actividad jurisdiccional y estará integrada por:
1. Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD);
2. Unidad de Atención al Denunciante (UAD)
3. Archivo Sede (AS)
4. Unidad de Apoyo Audiovisual (UAA)
5. Unidad de Alguacilazgo (UA), la cual está constituida por:
a. Unidad de Correo Interno (UCI);
b. Unidad de Actos de Comunicación (UAC);
c. Unidad de Seguridad y Orden (USO);
Artículo 19
Del Coordinador o Coordinadora Judicial
El Coordinador o Coordinadora Judicial será el o la responsable de los documentos y demás recaudos, escritos, denuncias, solicitudes y diligencias que, por su naturaleza, deban permanecer en resguardo y custodia, hasta que sean entregados al Secretario o Secretaria del órgano que corresponda.
El Coordinador o Coordinadora Judicial será designado o designada y removido o removida por la mayoría absoluta de los Jueces y Juezas que conforman la Corte Disciplinaria Judicial.
Artículo 20
Atribuciones
Son atribuciones del Coordinador o Coordinadora Judicial las siguientes:
1. Dirigir, supervisar y controlar el personal adscrito a las Unidades de Apoyo Directo a la Actividad Jurisdiccional.
2. Atender los requerimientos derivados de la actividad procesal de las Unidades de Apoyo Directo a la Actividad Jurisdiccional.
3. Realizar la supervisión continua del personal a su cargo, mediante la aplicación de los instrumentos y lineamientos internos de funcionamiento dictados por la Corte Disciplinaria Judicial, con el objeto de optimizar su funcionamiento.
4. Coordinar y canalizar conjuntamente con la Coordinación Administrativa de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial, los requerimientos de recursos materiales necesarios para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo Directo a la Actividad Jurisdiccional.
5. Vigilar y controlar el correcto manejo y administración del Archivo de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial, de acuerdo a normas, procedimientos y técnicas vigentes en la materia.
6. Supervisar y controlar la asignación de los y las Alguaciles, considerando su perfil personal y profesional, a fin de garantizar el óptimo funcionamiento.
7. Realizar otras labores que le sean encomendadas por la Presidencia de la Corte Disciplinaria Judicial, en correspondencia con la naturaleza de su cargo.
8. Cualquier otra que le sea asignada por las leyes y los reglamentos internos.
Artículo 21
Del Adjunto o Adjunta al Coordinador o Coordinadora Judicial
Las funciones del adjunto o adjunta del Coordinador o Coordinadora Judicial, serán las siguientes:
1. Suplir las faltas temporales del Coordinador o Coordinadora Judicial.
2. Colaborar con el Coordinador o Coordinadora Judicial en el mantenimiento de la disciplina interna y en la buena marcha de la Coordinación.
3. Ejercer todas aquellas actividades que le sean encomendadas por el Coordinador o Coordinadora Judicial.
Artículo 22
De la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos
La Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) será la encargada de recibir y distribuir oportunamente las denuncias u otro tipo de documentos o correspondencia dirigidos a los órganos de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial y a la respectiva oficina de sustanciación.